XV
SEMINARIO LATINOAMERICANO
DE TRABAJO SOCIAL
Hacia
Cultura de los
Derechos Humanos
en el Trabajo
Social
|
*1995*
Introduccion
En 1789 la Revolución Francesa
abre paso a las primeras conquistas de derechos humanos, y si bien en 1948 las
Naciones Unidas aprueban la Declaración Universal de los Derechos Humanos, en
la actualidad ha sido difícil trascender la visión nominalista y declaratoria
de éstos.
Partimos de concebir que los
derechos humanos son más que normas o artículos de intenciones y
principios. Vemos en ellos la clave y
potencialidad para desarrollar una sociedad, cultura y coexistencia humana que
se base activamente en estos.
Hoy en día la cultura y proyecto
de sociedad de nuestras países, parece basarse más en el estímulo a la
individualidad, la búsqueda desenfrenada de riqueza y prestigio personal; en
detrimento de la solidaridad e igualdad.
Por eso, estallidos como el de
Chiapas en México, la galopante pobreza en toda Latinoamérica o la oleada de
corrupción que desgasta a los Estados y les resta legitimidad; no puede
concebirse como una situación gratuita y natural.
Este trabajo, si bien recupera una
serie de preocupaciones de larga data, se esfuerza en plantear que la enseñanza
de los derechos humanos debe desembocar en la consolidación de una cultura de
los derechos humanos.
Dada la cercanía y similitud
existente entre los principios filosóficos del Trabajo Social y de los derechos
humanos, creemos que es un deber inaplazable para nuestra profesión, abocarse a
un proceso en que más que enseñar la teoría de los derechos humanos,
propiciemos su alcance, mantenimiento y vivencia dentro de las aulas y el
espacio de intervención profesional.
Hacia la Construcción de una
Cultura de los Derechos Humanos
en el Trabajo Social
Lic.
Marcos Chinchilla M.
Derechos Humanos y Trabajo
Social
un Espacio Común de
Intervención
El
surgimiento y evolución del Trabajo Social, muestra en sus diferentes
estadios, una estrecha relación con la atención de las necesidades que las
personas no podían satisfacer.transcurre el Trabajo Social, más que atender de
una forma integral la satisfacc
Aportes como los de Juan Luis Vives,
San Vicente de Paul y otros precursores del Trabajo Social (Instituto de
Servicio Social; 1960), muestran una marcada preocupación por abordar las
necesidades de aquellos sectores poblacionales que el mismo sistema ubicaba al
margen de las riquezas que producían sus sociedades.
Si bien existía interés por trabajar
en la satisfacción de esas necesidades, la motivación que movía a estos
precursores no estribaba precisamente en concebir que la atención de éstas, era
un derecho de las personas, sino, más bien se actuaba en la lógica de las
dábidas, obras caritativas o filantrópicas que podían beneficiar a estos
sectores, pero que en definitiva no contribuía a superar sus situaciones de
pobreza.
Para esa época (edad media y siglos
posteriores), la filosofía y práctica de los derechos humanos comenzaba a
erigirse apenas como una preocupación en algunos pensadores, y no se constituía
de ninguna forma como una preocupación generalizada. Boris Lima (1976), deja claro que los
esfuerzos realizados en las diferentes etapas por las que ión de las
necesidades sociales, se enfilaba a mantener o crear un relativo nivel de
satisfacción y orden social, que permitiera la reproducción del capital y el
poder de los grupos hegemónicos. De esta
forma, el Trabajo Social inclina sus acciones básicamente en una dirección
paliativa que no estimulaba las potencialidades de las personas, grupos y comunidades
que eran atendidas.
Sin lugar a dudas, la intervención
profesional, estuvo marcada desde su inicio y hasta la fecha, por el estrecho
trabajo con los sectores poblacionales más pobres, actuándose en muchos casos
bajo una concepción marcada por el asistencialismo y en otras, por la dimensión
asistencial (Alayón; 1992) que concibe a la asistencia bajo un concepto más
renovador y al amparo de la lógica que concibe el dar como un derecho y no como
un regalo del Estado.
Ahora bien, la pregunta se discurre
en cuestionarse el papel que juegan o tienen los derechos humanos en el campo
de la formación e intervención del Trabajo Social.
En primera instancia, la respuesta
nos parece sencilla y hasta obvia: la atención, alcance y disfrute pleno de los
derechos humanos es el motor fundamental que le da vida a nuestra
profesión. Sin embargo, la experiencia
parece demostrar que las y los colegas no siempre logran establecer la relación
entre derechos humanos y Trabajo Social.
Experiencias cotidianas, como la dificultad
que encuentran tanto estudiantes como profesionales, para explicar que es el
Trabajo Social y cuales son sus objetivos, demuestran que a esa altura de su
formación, no tienen toda la claridad sobre los principios generadores de la
profesión.
Molina y Romero (1994) plantean que
es a partir de la
Declaración Universal de los Derechos Humanos, que se logra
plantear "una comprensión que supera la noción de asistencialismo y
plantea la asistencia como un derecho" de las personas. A nuestro juicio, la Declaración de los
Derechos Humanos, junto a ese efecto renovador en la concepción de la
asistencia, a venido a dar un encuadre que le da al Trabajo Social la
fundamentación de su práctica sin negar los principios que dieron pie a su
aparición.
Los principios filosóficos de los
derechos humanos y del Trabajo Social, comparten una serie de preocupaciones
que nos permiten afirmar que más que diferencias, existen grandes puntos de
encuentro y enriquecimiento. Así, por ejemplo, Cela (1972) cuando se refiere a los
principios filosóficos de servicio social, plantea que entre estos destacan: la
dignidad y el valor intrínseco del ser humano; la libertad como condición
inherente al ser humano, la posesión de derechos, el respeto de las diferencias
y la satisfacción del bienestar humano.
Por su parte, Velásquez y Reyes, al
intentar definir el amplio concepto de los derechos humanos, mencionan que
todas las personas tienen derecho a la vida y a la libertad, pero no a
cualquier tipo de vida, sino a "una vida digna que le permita desplegar
sus capacidades, su inteligencia, su individualidad como ser único e
irrepetible" en un marco en que se respeten "sus creencias y
opiniones (...) para que pueda hacer uso de todas sus capacidades y tomar
decisiones de acuerdo con su conciencia" (...), para ello, "le son
necesarias unas condiciones materiales dignas" (1992: p.12)
En este sentido, si bien el Trabajo
Social ha venido desplegando un esfuerzo de más larga data, en el plano de
atención de las necesidades sociales y, la organización y administración de los
recursos, programas y políticas que atienden éstas; los principios filosóficos
de los derechos humanos han venido a plantear que la atención de la pobreza y
de otros fenómenos derivados de una sociedad que no redistribuye su riqueza a
todos/as por igual, es un derecho inherente de las personas, no sólo en este
siglo, sino a lo largo de la historia de la humanidad.
Por tal razón, concebir una
disociación entre los objetivos del Trabajo Social y, el alcance y disfrute de
los derechos humanos por parte de todas aquellas personas que integramos
nuestra profesión, implica una pérdida de perspectiva y de orientación
profesional, y por que no,
limitaciones en cuanto a la
claridad y objetivos de nuestra intervención profesional.
Los
derechos humanos:
más
que enunciados filosóficos
Inmersos en una actividad de
capacitación patrocinada por el Instituto Interamericano de Derechos Humanos,
una colega quedó asombrada cuando conoció que por mala praxis médica, varios
médicos habían sido acusados penalmente en un país centroamericano. La mala praxis, que también se había
presentado en su país en varias ocasiones, nunca se había concebido como un
elemento violatorio de los derechos de las personas.
Esta situación nos es propicia para
plantear varios aspectos sobre los que queríamos llamar la atención, puesto que
su comprensión y manejo es básico en la construcción de una cultura de los
derechos humanos.
El hecho de nacer como seres
humanos, nos da desde ese momento la condición de ser sujetos y sujetas de
derechos humanos, sin importar el sexo, religión, nacionalidad, creencias,
valores, diferencias, gustos, etc. En
otras palabras, toda la humanidad sin distinción alguna, esta cubierta por estos
derechos que llamaremos inherentes al ser humano.
Afirman Velásquez y Reyes (1992:
p.12) que tener a alguien por humano, es reconocer en ella o él, a un ser
sujeto de derechos, los que garantizan (al menos en teoría) su vida, libertad,
bienestar y desarrollo a escala humana.
No obstante, la experiencia muestra
en este punto, que las personas desconocen sus derechos básicos como seres
humanos, y que existen grandes limitaciones en los sistemas educativos para
sensibilizar a las personas en torno a sus derechos y deberes sociales.
Esta situación no sólo se presenta
en sectores que tradicionalmente tienen limitaciones de acceso a la educación
básica y universitaria, los mismos patrones se reproducen en grupos
profesionales y por que no, entre las y los trabajadoras y trabajadores
sociales, tanto en ejercicio como en proceso de formación; con el gran
agravante, de que su desconocimiento tiene un peso importante en el alcance de
los objetivos profesionales.
Desconocer que somos personas
sujetas de derechos, implica que el irrespeto y violación de éstos, será un
denominador común a lo largo de nuestro desarrollo personal y en nuestra misma
práctica profesional.
Por esta razón, los derechos humanos no
pueden percibirse sólo como una materia de competencia legal, o reducirla a la
lectura estricta y parcializada de treinta derechos promulgados en la Declaración Universal
de los Derechos Humanos.
Concebir los derechos humanos en una
dimensión más amplia, permitirá que en lugar de un estudio y conocimiento
formal de estos postulados, pasemos a integrarlos como una práctica y cultura
de su vivencia.
El reconocer que somos personas
sujetas de derechos, implica no sólo conocer éstos, sino el que somos actores y
actoras conscientes de cuáles son esos derechos y, que al mismo tiempo debemos
involucrarnos de diversas formas en su mantenimiento y ampliación ([2]).
Ser personas sujetas de derechos,
implica reconocer que las diferencias que surgen a partir de nuestra
individualidad, de nuestra condición de ser irrepetible y único, no pueden dar
pie a tratar diferente lo que es igual o
tratar igual lo que es diferente; o sea,
discriminar (Guzmán y Ritchie; 1992).
El dilema Estado-Sociedad Civil
Esta concepción no podemos
considerarla como espontánea o gratuita, sus orígenes se remontan a la
revolución francesa y a las primeras conquistas alcanzadas en el campo de los
llamados derechos de primera generación.
En ese período, las luchas sociales
tenían una clara orientación hacia evitar el poder que tenían los señores
feudales y otras estructuras de poder sobre la sociedad.
Por otra parte, los derechos
tipificados como de primera generación, o sea los Civiles y Políticos,
propiciaban poner freno al poder de los gobernantes y estimular la
participación democrática en el acceso del poder (Velásquez y Reyes;
1992). Hoy en día estos derechos
"imponen un deber de abstención a los Estados" (Thompson; 1988; p.
22), los que se ven obligados a no impedir la libertad de expresión u otros
derechos. En este sentido, el Estado no
esta obligado a asumir una posición activa, sino garantizarle a las personas
esos derechos.
Como vemos esta visión estimula
percibir al Estado como el principal responsable de la violación de derechos
humanos, o por otra parte, de su mantenimiento.
No obstante, pensar que los derechos
humanos se reproducen y agotan en el marco del Estado, es una seria limitación
que hay que superar, puesto que todos los espacios sociales en que se
desarrollan las personas están vinculados con el desarrollo humano.
Así, cuando pensamos en los procesos
educativos, en las relaciones familiares, en la coexistencia en las
comunidades, en el acceso a la salud o a la recreación, todos encierran
implícitamente el disfrute y mantenimiento de los derechos humanos.
Problemas como los que experimentan las
mujeres agredidas, si bien pueden ser explicados a la luz de fenómenos de
carácter estructural, también encierran la violación de derechos desde el mismo
seno de la familia o la comunidad.
Si analizamos con detenimiento
muchos comportamientos sociales que tienden a discriminar a grupos
minoritarios, identificaremos que la violación de derechos no es exclusividad
del Estado, sino que es una práctica común en muchas personas.
Insistimos nuevamente y a la luz de
lo que hemos venido exponiendo, que pensar en derechos humanos, no es delegar
en el Estado la administración de éstos; es trabajar en un esfuerzo cotidiano
por aumentar nuestra capacidad de respeto hacia las ideas diferentes, es
comprometerse con la formación de una sociedad que de a todos y todas la
posibilidad de un desarrollo equitativo y democrático, respetando la diversidad
de diferencias que nos caracterizan; o sea, es propiciar un desarrollo a escala
humana (Max; 1986)
Los
Derechos Humanos en la
formación profesional
Como profesionales comprometidas y
comprometidos con el desarrollo humano, un aspecto que debe de ser básico en
nuestra formación, es la compresión integral de lo que significan los derechos
humanos en todo su espectro, tanto filosófico como en su práctica cotidiana.
Guzmán y Ritchie (1992) luego de
hacer un análisis crítico sobre la teoría y práctica del Trabajo Social,
concluyen que "tanto la práctica profesional como la formación están
impregnadas de concepciones que contradicen estos principios (de igualdad, tolerancia
ante la diferencia ) y fomentan patrones de comportamiento
discriminatorios".
El llamado de atención que se hace,
implica que la formación en Trabajo Social se ha abocado hacia un concepto de
derechos humanos sumamente reducido, por cuanto se enseñan los principios y
enunciados que dan cuerpo a éstos, pero la vivencia y entendimiento de ellos no
logra cubrir su dimensión real.
De esta forma, aunque se habla de
derechos humanos, tanto estudiantes, profesionales y docentes, se abocan a un
ejercicio profesional con trazos de discriminación, donde no se les ha
preparado para el estímulo de la autodeterminación, el respeto a la
individualidad, la pluralidad, diversidad, el acceso al poder participativo,
etc.
En síntesis, enseñamos derechos
humanos, pero no propiciamos espacios donde nuestras y nuestros estudiantes
puedan aprenderlos y vivirlos a plenitud, y mucho menos participar en su
construcción y mantenimiento.
Una formación y aprendizaje en esa
dirección, obliga a establecer una ruptura con el concepto y la forma
tradicional de enseñar y concebir los derechos humanos. Más allá de los contenidos específicos, debe
abrirse un ambiente educativo donde se estimulen actividades donde las y los
estudiantes aprendan a:
R respetar las diferencias
R superen sus tendencias hacia la
discriminación
R fortalecer el respeto a la
individualidad como eje de la individualidad
R propiciar la participación y la toma de
decisiones participativa y democrática
R discutir, analizar y reflexionar
críticamente
R valorar las ventajas de utilizar el
consenso antes que la imposición; y
R el reconocimiento de vernos a
nosotros/as mismos/as y a los/las demás, como personas sujetas de derechos que
propician el desarrollo de todas nuestras potencialidades.
Este tipo de formación tendrá un
efecto sinérgico en todas aquellas actividades profesionales en las que
intervenimos, sea desde el diseño y formulación de políticas sociales, su
administración o gerencia, hasta la ejecución directa de éstas y por que no, en
nuestra misma formación y crecimiento como personas.
La incorporación de los derechos
humanos dentro de la currícula profesional, si bien debe incluir contenidos
sobre sus principios filosóficos, las luchas por alcanzarlos, su consolidación,
clasificación, evolución, desafíos y situación actual y futura; no puede
agotarse en esa dimensión.
Es urgente que todos los cursos, sea
cual sea su contenido, contenga actividades básicas que estimulen en las y los
estudiantes el respeto y comprensión de los derechos humanos; de forma que en
todas las lecciones , las actividades propicien la libertad de pensamiento, de
determinación, de opciones morales, ideológicas y sexuales, el ejercicio
democrático del poder, la capacidad de decisión y el gusto por el
cuestionamiento y discusión de ideas.
Apunta Claudia Dueñas (1992) que
nada hacemos enseñando postulados y normativas de derechos humanos, si en
cada clase nuestra actitud como docentes
se centra en lecciones magistrales, posiciones autoritarias, intolerancia ante
las ideas diferentes o evitar la participación crítica de nuestras estudiantes.
La enseñanza y vivencia de los
derechos humanos en la formación como trabajadoras y trabajadores sociales,
debe ser un proceso que se articule a lo largo de toda la currícula, tanto de
forma vertical como horizontal, propiciando una incorporación integral de éstos
para buscar hilen que se perfilen hacia una sociedad con una calidad de vida
más digna, justa y democrática.
Por esta razón insistimos
nuevamente, que pensar en derechos humanos requiere integrar la visión del
"ser personas sujetas de derechos humanos" y alejar la típica idea de
derechos humanos como aspecto de completa exclusividad del Estado o limitada a
la sola enunciación de derechos en las diferentes declaraciones que norman esta
materia.
La educación en derechos humanos
tiene que trazarse como horizonte lo que a criterio de Guzmán y Ritchie (1992)
sería "fomentar un ambiente educativo coherente con estos principios que
ofrezca experiencias de aprendizaje formativas y estimulantes".
Acciones de tal dimensión están
circunscritas a lo que es el ámbito del diseño y administración curricular que
le compete a cada una de las instituciones que se encarga de la enseñanza del
Trabajo Social y la capacitación que sus docentes requieren para abocarse a
este proceso.
Este esfuerzo no requiere de un
cambio radical de la currícula, o de los contenidos de cada uno de los cursos,
pues lo que se busca no es la adición de temas (Olguín; 1988), sino propiciar
en cada lección el alcance de actitudes y habilidades personales que estén en
concordancia con la dimensión de los derechos humanos que ya hemos expuesto.
La integración de los derechos
humanos desde una perspectiva que supere la dimensión declaratoria y
nominalista, no sólo contribuiría en el fortalecimiento de un enfoque más
integral de éstos, sino que permitirá ir orientando los programas de formación
hacia lo que se ha dado en llamar currículum problematizador ([3]).
Hacia
una cultura de los derechos humanos
Cuando hablamos de una cultura de
los derechos humanos, utilizamos el amplio concepto de cultura, que entiende a
ésta como todas aquellas construcciones sociales e ideológicas que le dan a las
personas una identidad, historia común, forma de convivencia y cotidianidad a
partir de las acciones que desarrollan en sociedad o individualmente.
Por ello, pensar en una cultura de
los derechos humanos, es referirse directamente a un estilo de convivencia y
vida que permita el bienestar de las personas de nuestros pueblos. Y no cualquier bienestar, sino uno que
encierre el desarrollo de nuestras virtudes y potencialidades.
No nos cabe la menor duda, y
remitiéndonos a la crisis que viven la mayor parte de nuestros países
latinoamericanos, las enormes brechas entre ricos y pobres, o el injusto
enriquecimiento del que disfrutan las naciones ricas a partir de nuestros
esfuerzos y riquezas; que lo que nos toca es educarnos en la construcción de
una sociedad justa en la que todos y todas participemos en su definición.
Así mismo; la discriminación en sus
diversas expresiones; la intolerancia ante las ideas y personas; el ejercicio
de un poder destructivo y no participativo en las diferentes esferas sociales,
si bien son problemas de otra envergadura, al fin y al cabo atentan contra el disfrute
de los derechos humanos, y nos obliga a asumir posiciones y acciones para
participar en la elaboración de un desarrollo a escala humana.
Educar bajo un concepto amplio y
vivo de los derechos humanos, es un ineludible compromiso hacia el cambio y la
igualdad de oportunidades que nos perfilen hacia un desarrollo que integre como
ejes sustantivos:
¨ la libertad
¨ el respeto de las ideas, valores y su
expresión
¨ el respeto hacia las
diferencias
¨ el respeto de nuestra
identidad y cultura
¨ el respeto por la
integridad de nuestro cuerpo
¨ el esfuerzo por
comprender las diferencias
¨ evitar la discriminación
¨ evitar los privilegios
¨ la igualdad en el acceso
a servicios sociales
¨ el derecho a elegir y ser
elegidas/elegidos
¨ el desarrollo a escala
humana
¨ la paz
¨ la autodeterminación
¨ la protección del medio
ambiente
¨ el acceso al poder
democrático y participativo
¨ el acceso a la
información
¨ el recibir una educación
estimulante y constructiva
¨ el pluralismo de
pensamiento
Estos ejes de ninguna forma pueden
agotar la amplia y rica veta sobre la que la práctica y cultura de los derechos
humanos descansa; al contrario, deben de tomarse como un norte no excluyente al
que se le adicionan más elementos que permiten ir configurando un tipo de
convivencia social en la que se privilegia la persona en su vasta dimensión
humana.
Recordemos que para lograrlo
requerimos el activo concurso nuestro, de los estudiantes que se forman en
nuestras aulas y de toda la sociedad en general. Implica por lo tanto, concebirnos como
actores de un espacio del que somos corresponsables y en el que, con nuestras
actitudes y prácticas estamos aportando a la definición de una cultura basada
en los derechos humanos: o sea, el reconocimiento de las otras personas, el
respeto a su individualidad y el derecho a tener una vida digna que garantice
su desarrollo como seres humanos.
Educar bajo un concepto sinérgico de
los derechos humanos a nuestros estudiantes, es aportar en la formación de
profesionales que tengan la capacidad de reproducir una cultura de los derechos
humanos, que propicie relaciones sociales orientadas tanto a superar las
injusticias a las que se ven expuestos grandes sectores de nuestros países como
a brindar una opción de coexistencia y desarrollo humano.
Además, es un mecanismo mediante el
cual nos garantizamos que nuestra participación en la formulación,
administración y ejecución de políticas sociales (sean públicas o privadas), se
va a revestir de los principios y cultura que atañen al desarrollo a escala
humana.
BIBLIOGRAFIA
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Social. Editorial Hvmanitas, Buenos
Aires. 1987.
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Desarrollos recientes. En: Debates en Género y derechos humanos. Antología
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Social. Editorial Hvmanitas. Buenos Aires, 1976.
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Ministerio de Asistencia Social. Manual de
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Molina, Lorena; Romero, María. Modelos de
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Nikken, Pedro. El concepto de los derechos humanos. En: Debates en
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de Derechos Humanos. San José, 1994
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del los Derechos Humanos. En: Cuadernos de Estudio, Serie: Educación y
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1988.
Thompson, José. Fundamentos Histórico-filosófico de los Derechos
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Thompson, José. Contenido de los Derechos Humanos: Tipología. En: Cuadernos
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de Derechos Humanos. San José, 1988.
Velásquez, Magdala; Reyes, Catalina. Para construir la paz
conozcamos y vivamos los derechos humanos. Susaeta. Colombia, 1992.
[1]-Elida Villegas:
Presidenta Asociación de Estudiantes Escuela de Trabajo Social, Universidad
Católica de Guayaquil, Ecuador.
Marcos Chinchilla Montes, Profesor Escuela de
Trabajo Social, Universidad de Costa Rica.
[2] En este sentido, es importante reconocer la
progresividad que experimentan los derechos humanos con el paso del tiempo,
estos no han surgido a lo largo de la historia como una construcción ya
perfeccionada, sino que se han venido definiendo y aumentando de acuerdo a los
avances y retrocesos que experimenta el desarrollo de la humanidad.
[3] Claudia Dueñas, integrante del Programa
Interdisciplinario de Investigación en Educación de Chile, ha venido
desarrollando una novedosa propuesta en la que el Currículum Problematizador es
concebido como un medio en el que además de estimularse una visión renovadora
del concepto de derechos humanos, éstos (los derechos) propician una toma de
conciencia hacia aquellas contradicciones que generan limitaciones en su
alcance y mantenimiento. Así mismo, éste
enfoque se encarga de desentrañar contradicciones, conocer que las genera, sus
consecuencias, formas de superarlas, derechos involucrados y las
posiciones
que se encuentran en conflicto.
En resumen, concibe a los derechos humanos
como una forma de educacióndirigida
hacia el cambio y alcance de una sociedad más justa y equitativa.